Renunciar a la herencia

Renunciar a la herencia

Introducción

En ocasiones, recibir una herencia puede traer una suerte económica, pero en otras ocasiones no es así, las deudas son mayores que los activos. También cabe la posibilidad de querer renunciar con el fin de beneficiar a otro heredero o porque, simplemente, no se quiere heredar.

En este caso, quizá te preguntes si puedes rechazar la herencia y las consecuencias que conlleva.

¿Qué significa exactamente renunciar a la herencia?

La renuncia a la herencia es el acto por el que una persona llamada a la sucesión, ya sea por testamento o por mandamiento legal, manifiesta que rechaza la herencia por completo, tanto los bienes como las deudas.

El artículo 1007 de Código Civil dispone que

“Cuando fueren varios los herederos llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla”.

El régimen de separación de bienes

Por tanto, renunciar a la herencia es una declaración de voluntad que hace el heredero de forma libre, unilateral, expresa y formal.

Es importante tener en cuenta que la renuncia es irrevocable, es decir, una vez realizada no puede darse marcha atrás. La persona que renuncia pierde todos sus derechos sobre la herencia.

Asimismo, una vez aceptada, tampoco puede renunciarse posteriormente.

Renunciar a la herencia


¿Cómo se lleva a cabo la renuncia?

La renuncia, como hemos indicado, es una declaración de voluntad que hace el heredero de forma libre, unilateral, expresa y formal. Lo que significa que no existe una renuncia tácita.

Para darle mayor seguridad jurídica y garantías a todos los herederos, en el caso de ser varios los llamados a heredar, la renuncia únicamente será válida si se realiza en escritura pública ante notario. No es válida la realizada en un documento privado.

En este sentido lo dispone de forma clara el artículo 1008 del Código Civil

La repudiación de la herencia deberá hacerse ante Notario en instrumento público.

¿Podrías renunciar a la herencia si la has aceptado previamente? ¿Y a la inversa?

Renunciar a la herencia


Una vez la hayas aceptado ya no puede renunciarse.

Para evitar los problemas que puedan surgir a la hora de recibir una herencia, el heredero tiene el derecho a responder únicamente de las deudas del testador en la medida de los bienes heredados. Es lo que se conoce como la aceptación a beneficio de inventario. De ese modo, no se compromete el patrimonio personal del heredero, pues las deudas se cancelan con el patrimonio a heredar.

Renunciar a la herencia 1
Fuente: Belén Trincado / Cinco días

En el caso de que se haya renunciado a la herencia, posteriormente cabe aceptarla, pero solo en el caso de que en el momento de la renuncia no se tuviera conocimiento de la existencia de testamento.

Es decir, cabe la renuncia como heredero abintestato y sin noticia de título testamentario, y la aceptación posterior una vez conocida la existencia del testamento.

Si bien esta situación no es muy frecuente, se menciona en el artículo 1009 del Código Civil

El que es llamado a una misma herencia por testamento y abintestato, y la repudia por el primer título, se entiende haberla repudiado por los dos.

Repudiándola como heredero abintestato y sin noticia de su título testamentario, podrá todavía aceptarla por éste.”

Las renuncias a herencias en España fueron en alza durante el último año.

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Razones para renunciar a la herencia

Renunciar a la herencia


No hay normas específicas sobre cuándo se puede o no renunciar a una herencia, sino que se trata más bien de una cuestión de elección personal cuyos motivos pueden ser muy variados: existencia de deudas, se prevé la existencia de un proceso complicado (como puede ser la posterior existencia de varios copropietarios sobre un mismo bien y la conflictividad entre ellos), el no querer simplemente la herencia, el querer beneficiar a otro heredero…

En este sentido, podemos distinguir:

  • La renuncia simple y pura: se da cuando el heredero renuncia y los bienes que le correspondían a él pasan a terceros conforme lo dispuesto en el testamento y a ley.

Esta acción significa que nunca ha adquirido los bienes, lo que hace que el heredero no tenga que pagar impuestos.

  • La renuncia traslativa: se da cuando el heredero que renuncia beneficia a otra persona. Es una renuncia que se realiza a continuación de la aceptación de la herencia y consiste, por tanto, en un acto de cesión del derecho a la herencia. En este caso el heredero renunciante sí debe asumir el pago de los impuestos correspondientes.

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