Redacción de contratos

¿Qué es un contrato?

Un contrato es un acuerdo vinculante entre dos o más partes con la intención de definir sus derechos y obligaciones.

Así lo establece el artículo 1254 del Código Civil:

El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.”

Es de gran importancia en todo tipo de transacciones, pues su existencia genera confianza entre las partes, facilita la rendición de cuentas y ayuda a prevenir conflictos. En definitiva, su principal característica es la seguridad jurídica que otorga a las partes firmantes.

¿Cuáles son los diferentes tipos de contratos?

Existen múltiples tipos de contratos, pues estos nacen de la autonomía de la voluntad de las partes, así pues, según las necesidades nos podremos encontrar con distintos tipos de contratos.

Conforme dispone el art. 1255 del Código Civil:

“Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público.”

Los contratos más habituales son: de compraventa, de arras, de arrendamiento, contrato de trabajo, de servicios, de reconocimiento de deuda, de seguro, contratos bancarios, de agencia, etc.

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¿Cómo redactar un contrato?

Recomendaciones:

  • Un contrato debe ser claro, conciso e inequívoco para que no haya malentendidos o desacuerdos sobre lo que se dijo o se acordó en un momento determinado.
  • Un contrato debe incluir los nombres de todas las partes involucradas en la relación contractual, así como sus derechos y obligaciones.
  • Una vez redactado el contrato, se recomienda analizarlo, leerlo detenidamente las veces que sean necesarias y comprobar las posibles explicaciones de cada cláusula, es importante que sepa exactamente qué se espera de él.
  • Antes de firmar es recomendable conocer las obligaciones a las que uno va a quedar sujeto, y conocer, por tanto, las consecuencias que le puede conllevar el incumplimiento de esas obligaciones.
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En definitiva:

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