Despido estando de baja por depresión: ¿es legal y qué puedo hacer?

despido estando de baja por depresión

Recibir una carta de despido mientras se atraviesa una baja por depresión puede generar muchas dudas. La primera suele ser inmediata: ¿puede una empresa despedirme mientras estoy de baja médica?

La respuesta requiere algunos matices. Estar de baja por depresión, o por cualquier otra circunstancia, no impide automáticamente que una empresa pueda realizar un despido, pero eso no significa que cualquier despido producido durante una incapacidad temporal sea válido. Es fundamental determinar cuál es la verdadera causa de la decisión empresarial.

Si el despido está relacionado con la enfermedad o condición de salud del trabajador y existen circunstancias que permiten apreciar una posible discriminación, puede llegar a declararse nulo. En otros casos puede ser improcedente o, si existe una causa legal suficientemente acreditada y se cumplen los requisitos exigidos, procedente.

Por ello, ante un despido estando de baja por depresión, hay que estudiar las circunstancias concretas y, sobre todo, actuar con rapidez.

¿Me pueden despedir estando de baja por depresión?

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Sí, una empresa puede comunicar un despido mientras el trabajador se encuentra de baja por depresión. La situación de incapacidad temporal no supone por sí misma una protección absoluta frente a cualquier extinción del contrato.

Ahora bien, una cuestión es que el despido pueda producirse durante la baja y otra muy diferente que la baja por depresión sea el verdadero motivo del despido.

La empresa puede adoptar una decisión extintiva si existe una causa legal ajena a la enfermedad y puede acreditarla. Por el contrario, si existen indicios de que la decisión responde realmente a la enfermedad o condición de salud del trabajador, habrá que valorar si estamos ante un supuesto discriminatorio.

Esta distinción es especialmente importante desde la entrada en vigor de la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que incluye expresamente la enfermedad o condición de salud entre las circunstancias frente a las que se reconoce el derecho a la igualdad de trato y no discriminación.

Por tanto, no puede afirmarse que todo despido durante una baja por depresión sea automáticamente nulo, pero tampoco debe asumirse que sea válido simplemente porque la empresa haya entregado una carta de despido.

Cuándo puede ser legal un despido durante una baja por depresión

La empresa puede despedir a una persona que se encuentra en situación de incapacidad temporal cuando existe una causa legal real y suficientemente acreditada que no tiene relación discriminatoria con su estado de salud.

Puede suceder, por ejemplo, que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o productivas que justifiquen legalmente una extinción, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para ello.

También puede producirse un despido disciplinario si existe un incumplimiento grave y culpable del trabajador que pueda ser demostrado por la empresa.

Lo relevante, por tanto, no es únicamente comprobar que el trabajador estaba de baja en el momento del despido. Hay que analizar qué causa invoca la empresa, si esa causa existe realmente y qué pruebas permiten acreditarla.

El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores establece que el despido disciplinario debe notificarse por escrito, haciendo constar los hechos que lo motivan y la fecha en la que tendrá efectos. El mismo artículo establece que el despido puede ser calificado como procedente, improcedente o nulo.    
      

1. El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.
Por convenio colectivo podrán establecerse otras exigencias formales para el despido.
Cuando el trabajador fuera representante legal de los trabajadores o delegado sindical procederá la apertura de expediente contradictorio, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese.
Si el trabajador estuviera afiliado a un sindicato y al empresario le constase, deberá dar audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical correspondiente a dicho sindicato.

2. Si el despido se realizara inobservando lo establecido en el apartado anterior, el empresario podrá realizar un nuevo despido en el que cumpla los requisitos omitidos en el precedente. Dicho nuevo despido, que solo surtirá efectos desde su fecha, solo cabrá efectuarlo en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al del primer despido. Al realizarlo, el empresario pondrá a disposición del trabajador los salarios devengados en los días intermedios, manteniéndole durante los mismos en alta en la Seguridad Social.

3. El despido será calificado como procedente, improcedente o nulo.

4. El despido se considerará procedente cuando quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en su escrito de comunicación. Será improcedente en caso contrario o cuando en su forma no se ajustara a lo establecido en el apartado 1.

5. Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución Española o en la ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas de la persona trabajadora.

Por ello, la carta de despido es uno de los primeros documentos que conviene revisar cuando se produce un despido estando de baja por depresión y por cualquier otra enfermedad.

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¿El despido estando de baja por depresión puede ser nulo?

Sí, puede llegar a serlo cuando concurran las circunstancias legalmente previstas.

Un despido nulo tiene consecuencias muy diferentes a un despido improcedente. Para valorar la nulidad resulta especialmente importante determinar si la decisión empresarial tiene un carácter discriminatorio relacionado con la enfermedad o condición de salud del trabajador.

La protección de la Ley 15/2022 frente a la discriminación por enfermedad

El artículo 2 de la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación establece expresamente que nadie podrá ser discriminado, entre otras circunstancias, por razón de «enfermedad o condición de salud».

1. Se reconoce el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación con independencia de su nacionalidad, de si son menores o mayores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal. Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

Esta protección tiene una importancia evidente en el ámbito laboral.

Además, el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores establece que será nulo el despido que tenga como móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas por la Constitución o por la ley, así como aquel que se produzca vulnerando derechos fundamentales o libertades públicas.

Esto obliga a analizar cada caso individualmente. La existencia de una baja médica y un despido cercano en el tiempo puede ser una circunstancia relevante, pero no permite concluir automáticamente que exista discriminación.

Habrá que valorar el conjunto de los hechos: cuándo conoció la empresa la baja, qué comunicaciones se produjeron, cuál es la causa indicada en la carta, qué antecedentes existían y qué elementos puede aportar cada parte.

Diferencia entre despido nulo e improcedente estando de baja

Aunque a veces se utilizan como si fueran equivalentes, despido nulo y despido improcedente son conceptos diferentes.

Un despido puede ser improcedente, por ejemplo, cuando la empresa no consigue demostrar suficientemente la causa que ha utilizado para justificarlo o cuando concurren determinados incumplimientos de los requisitos exigidos legalmente.

La nulidad tiene otro fundamento. Puede producirse, entre otros supuestos, cuando el despido responde a una causa discriminatoria o vulnera derechos fundamentales.

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Y las consecuencias también son distintas.

Cuando un despido es declarado nulo, el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores establece la readmisión inmediata del trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir.

En un despido declarado improcedente, con carácter general y sin entrar en determinadas situaciones especiales, la empresa puede optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización legal correspondiente.

Por eso es importante no limitar el análisis a determinar si el despido es simplemente «injusto». Jurídicamente hay que estudiar qué calificación corresponde y qué consecuencias produce.

Dos ejemplos prácticos de despido durante una baja por depresión

Los siguientes supuestos son completamente ficticios y se incluyen únicamente como ejemplos explicativos. No representan casos reales ni permiten anticipar cómo resolvería un tribunal una situación similar, ya que cada despido debe analizarse atendiendo a sus circunstancias y pruebas.

Imaginemos que una trabajadora comunica a su empresa que inicia una baja por depresión. Pocos días después recibe una carta de despido en la que se alegan determinadas circunstancias que hasta entonces nunca habían sido comunicadas ni documentadas. Además, existen mensajes anteriores relacionados con su estado de salud.

En un supuesto de este tipo habría que estudiar cuidadosamente si existen indicios de que la enfermedad pudo influir realmente en la decisión empresarial y si puede existir una vulneración del derecho a la no discriminación.

Pensemos ahora en una situación distinta. Un trabajador se encuentra de baja por depresión, pero antes de comenzar la incapacidad temporal la empresa ya había documentado determinados incumplimientos laborales graves y dispone de pruebas suficientes. Posteriormente decide efectuar un despido disciplinario basándose exclusivamente en esos hechos.

En este segundo ejemplo, encontrarse de baja no convertiría automáticamente el despido en nulo. Habría que comprobar si los hechos justifican realmente el despido y si la empresa ha cumplido los requisitos legales.

La diferencia entre ambos ejemplos ayuda a entender una idea esencial: no es lo mismo ser despedido mientras se está de baja que ser despedido por razón de la enfermedad o condición de salud.

¿Qué ocurre con mi baja médica si me despiden?

El despido no provoca automáticamente el alta médica.

La situación laboral y la situación médica son cuestiones diferentes. Por tanto, si se extingue el contrato mientras una persona se encuentra en situación de incapacidad temporal, puede continuar de baja mientras persista la situación médica que la justifica.

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Sin embargo, la extinción del contrato puede tener consecuencias sobre la gestión y cuantía de la prestación y sobre la situación posterior del trabajador, dependiendo, entre otros factores, de si la incapacidad temporal deriva de contingencias comunes o profesionales.

Por este motivo conviene revisar no solo las consecuencias laborales del despido, sino también la situación ante la Seguridad Social y, cuando corresponda, el Servicio Público de Empleo Estatal.

Me han despedido estando de baja por depresión: ¿qué debo hacer?

Uno de los aspectos más importantes es no dejar pasar el tiempo.

El artículo 103 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social establece que el trabajador puede reclamar contra el despido dentro de los 20 días hábiles siguientes a aquel en que se hubiera producido. Se trata de un plazo de caducidad y no se computan sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano jurisdiccional.

Es un plazo relativamente corto.

Por eso conviene conservar la carta de despido, las comunicaciones con la empresa, correos electrónicos, mensajes y cualquier otra documentación que pueda resultar relevante. También será necesario revisar la fecha efectiva del despido y los motivos concretos alegados por la empresa.

Si se firma la recepción de una carta y no se está conforme con su contenido, puede resultar prudente hacer constar «no conforme», junto con la fecha de recepción.

Después será necesario determinar si existen fundamentos para impugnar el despido y qué calificación jurídica puede solicitarse.

Despido estando de baja por depresión en Castellón: asesoramiento laboral

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Cuando se produce un despido estando de baja por depresión, las circunstancias aparentemente pequeñas pueden adquirir mucha importancia: las fechas, el momento en que la empresa conoció la situación médica, el contenido de las comunicaciones previas, los motivos incluidos en la carta y las pruebas disponibles.

Por ello, si has recibido una carta de despido mientras estás de baja médica en Castellón de la Plana o provincia de Castellón, es recomendable revisar el caso cuanto antes, especialmente por el plazo de 20 días hábiles existente para impugnar el despido.

No todos los despidos producidos durante una baja son nulos ni improcedentes. Del mismo modo, el hecho de que la empresa alegue formalmente una causa determinada tampoco significa necesariamente que esa causa vaya a considerarse acreditada.

Preguntas frecuentes sobre el despido estando de baja por depresión

¿Puede la empresa despedirme justo después de coger la baja?

Puede comunicar un despido durante una baja médica, pero habrá que analizar cuál es la verdadera causa de la decisión. Si existen indicios de discriminación relacionada con la enfermedad o condición de salud, el despido podría ser impugnado solicitando su nulidad.

¿Estar de baja por depresión convierte automáticamente el despido en nulo?

No. La baja médica, por sí sola, no determina automáticamente la nulidad. Es necesario analizar las circunstancias concretas del despido y determinar si existe una causa discriminatoria u otro motivo legal de nulidad.

¿Tengo que firmar la carta de despido?

Firmar la recepción de la carta no significa necesariamente estar de acuerdo con su contenido. Si no se está conforme, puede hacerse constar expresamente «no conforme» y la fecha de recepción.

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¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

El plazo general para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde que se produce, sin computar sábados, domingos ni los festivos correspondientes. Debido a la brevedad de este plazo, es aconsejable buscar asesoramiento jurídico cuanto antes.

¿Puedo recuperar mi puesto de trabajo si el despido es nulo?

Sí. Si judicialmente se declara la nulidad del despido, la consecuencia prevista legalmente es la readmisión inmediata del trabajador, además del abono de los salarios dejados de percibir en los términos legalmente establecidos.

Si te encuentras ante un despido estando de baja por depresión y necesitas conocer qué opciones tienes, Adrián Vidal Batiste, abogado en Castellón de la Plana, puede estudiar las circunstancias de tu caso, revisar la carta de despido y valorar las posibles vías de reclamación dentro del plazo legal.

Un análisis temprano puede ser especialmente importante en Derecho Laboral, donde los plazos para reaccionar ante un despido son breves.

Adrian Vidal Abogado
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