Derecho de Familia

Como abogados en Castellón, estamos especializados en la tramitación de todo tipo de procedimientos matrimoniales, de separación, divorcio, medidas provisionales, guarda y custodia de hijos, régimen de visitas, pensión de alimentos y compensatoria, modificación de medidas, así como los procedimientos declarativos de reconocimiento de filiación y paternidad.

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Divorcio

El divorcio supone romper el vínculo que une legalmente a dos personas. La disolución del vínculo matrimonial implica la pérdida de los derechos sucesorios y la pensión de viudedad.

 

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Existen varias maneras de tramitar un divorcio, de mutuo acuerdo, o bien de manera contenciosa. Uno y otro tiene plazos distintos, costes distintos, características y procesos diferentes. 

En una separación, se produce el cese efectivo de la convivencia entre los cónyuges, de ahí que implique consecuencias patrimoniales y personales.
Si se desea, además, que tenga efectos legales, se exige su declaración mediante una sentencia judicial, algo que no sucede con la separación de hecho. En este último caso, solo hay cese de la convivencia, sin efectos legales frente a terceros.

La separación no rompe el vínculo matrimonial pero si se especifican las medidas que hacen referencia al cuidado de los menores, la guarda y custodia, las visitas, los gastos de mantenimiento.

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Derecho de Familia: Modificación de medidas

Cuando un matrimonio decide divorciarse, la ley marca las normas y límites que rigen a partir de ese momento.
Las medidas adoptadas en el divorcio no son inamovibles, ya que pueden ser modificadas siempre y cuando se vean alteradas las circunstancias personales o económicas existentes en el momento en el que fueron adoptadas.

Cuando la situación económica o personal de uno de los dos varíe, se puede solicitar una modificación de las medidas adoptadas en la sentencia de divorcio.

La modificación de medidas adoptadas en sentencia, también puede ser de mutuo acuerdo o bien contenciosa.

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Derecho de Familia: Pensión alimenticia

La pensión alimenticia tiene que cubrir las necesidades básicas de los hijos, comida, alojamiento, asistencia médica, ropa y el resto de los gastos, a compartir entre los progenitores.

La pensión de alimentos la paga el padre o madre que no tenga la custodia y en caso de faltar a su obligación, la mejor opción es solucionar el tema de forma amistosa. Si no es posible, se podrá reclamar por la vía civil o penal.

La primera es la más rápida con consecuencias únicamente económicas.

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Reclamación de Pensiones impagadas

Para reclamar las pensiones impagadas necesitará un abogado y un procurador, si éstas no se satisfacen de forma voluntaria, se procederá al embargo de nóminas, bienes muebles o inmuebles, pensiones u otras rentas, siempre que el obligado a pagar disponga de éstos.

Por la vía penal, habrá que dirigirse a la policía, guardia civil o al juzgado. Esta vía es más lenta y puede suponer hasta pena de prisión para el deudor, siempre y cuando el juez confirme que se cumplen los supuestos para que el impago se considere delito. Más información

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