Mucha gente cuando acude a un abogado de familia en Castellón, por una separación, divorcio o medidas paterno-filiales se pregunta hasta cuándo deberá abonar la pensión de alimentos a los hijos, pensando que la respuesta es hasta que cumplan la mayoría de edad, pero no es así, el código Civil no especifica una edad máxima.
La respuesta más acertada de hasta cuándo deberá abonar la pensión alimenticia de sus hijos es hasta que sean independientes económicamente, por lo que no hay una edad determinada.
Normalmente, la pensión de alimentos se solía extinguir cuando los hijos terminaban los estudios, prorrogando hasta que encontraban trabajo, máximo 26 años.
Pero hoy en día, con la elevada tasa de paro juvenil, al terminar los estudios no es fácil encontrar trabajo, no pudiendo ser independientes económicamente.
Tal es la situación actual de paro juvenil que el mismo Tribunal Supremo este año ha dictado varias sentencias sobre la obligación del progenitor de seguir pagando una pensión de alimentos a hijos mayores de edad, incluso con 27 años y título universitario al carecer de trabajo e ingresos suficientes para ser independiente.
En una sentencia recordaba la obligatoriedad de pagar esa pensión cuando la situación de dependencia «no es imputable» al hijo.
Así pues, hoy en día, dice el Tribunal Supremo, «Un título universitario no es garantía de encontrar trabajo», y tener 30 años y estar sin empleo «no puede considerarse parasitismo social».
Por todo ello, hoy es habitual encontrarse con la pensión alimenticia para los hijos de hasta los 31 años. No obstante, siempre habrá que valorar y estudiar las circunstancias de cada caso en concreto.
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